Dura lex, sed lex… o cuando el trabajador tiene razón y aun así tiene que aguantarse
Hay una expresión latina que en Derecho se usa mucho cuando ya no queda nada más que decir:
dura lex, sed lex.
La ley es dura, pero es la ley.
Suele aparecer justo en ese momento en el que el trabajador, después de meses de angustia, abogados, juicios y esperas, escucha algo parecido a esto:
—Sí, tienes razón… pero hasta aquí hemos llegado.
Porque tener razón y que te reparen el daño no siempre van de la mano.
La STS 736/2025, reciente y muy celebrada en algunos despachos, viene a recordarnos una verdad incómoda:
cuando un despido es declarado improcedente, la indemnización es la que marca la ley y punto.
No hay extras.
No hay suplementos.
No hay compensaciones “por si acaso”.
Ni aunque el despido haya sido especialmente cruel.
Ni aunque el trabajador tenga especiales dificultades para recolocarse.
Ni aunque el daño sea evidente, probado y perfectamente explicable.
¿Qué dice el Supremo, en resumen?
Que los jueces no pueden inventarse indemnizaciones adicionales, aunque el caso lo pida a gritos.
Que el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores fija una cuantía cerrada:
33 días por año trabajado, con sus topes… y hasta ahí.
Da igual que organismos internacionales digan que el sistema español se queda corto.
Da igual que la OIT o la normativa europea hablen de “reparación suficiente”.
Aquí, la reparación suficiente es la que cabe en una fórmula matemática.
Y si no te cuadra… mala suerte.
El problema no es la ley. Es lo que no cubre.
La indemnización por despido improcedente no está pensada para reparar el daño real, sino para compensar una pérdida económica mínima.
No paga el estrés.
No paga la ansiedad.
No paga el vacío profesional.
No paga el hecho de que te echen con 55 años y un currículum que ya no interesa a nadie.
La ley no mide personas.
Mide años, días y topes.
Y cuando el trabajador llega al juzgado esperando algo parecido a justicia material, se encuentra con justicia aritmética.
La paradoja perfecta
La empresa lo sabe.
Sabe cuánto cuesta despedirte antes de hacerlo.
Sabe que, incluso haciéndolo mal, el precio está calculado.
Y sabe que muchas veces sale más barato despedir que mantener.
Por eso esta sentencia no sorprende a nadie… salvo al trabajador que aún creía que “si gano el juicio, me compensarán”.
No.
Ganas el juicio.
Cobras lo que toca.
Y sigues con tu vida como puedas.
¿Qué nos queda entonces?
Información.
Prevención.
Y memoria.
Documentarlo todo.
Guardar correos, mensajes, órdenes absurdas, cambios de criterio, presiones veladas.
No porque la indemnización vaya a ser mayor, sino porque no todos los despidos acaban siendo improcedentes: algunos pueden y deben ser nulos.
Y ahí sí cambia el juego.
La enseñanza es clara, aunque duela:
en Derecho laboral, tener razón no siempre implica reparación, pero no tener pruebas casi siempre implica perder.
Así que cuando escuches eso de dura lex, sed lex, recuerda:
no es una frase sabia.
Es una advertencia.
La ley es dura.
Y si no te cuidas tú, no te cuida nadie.
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