“Leer está sobrevalorado” y otras expresiones que te harán desayunar tus palabras
Lo primero que hago cuando un cliente viene a preguntarme por sus derechos es… preguntarle si sabe leer.
Diréis que soy un borde o un prepotente, pero la mitad de las veces esa simple habilidad te ahorraría muchos euros en consultas, y no solo legales: también en el psicólogo.
Y es que, en la sociedad más informada de todas las épocas —donde le pegas una voz al móvil y hasta te descifra el ADN de una mofeta—, a casi nadie se le ocurre mirar el convenio colectivo o el Estatuto de los Trabajadores.
Hay dos temas en los que esto se hace particularmente evidente: la categoría profesional y el principio de indemnidad. Dos conceptos fundamentales y elementales… de los que la mayoría no tiene ni idea.
Por ejemplo:
¿Cuántos camareros son realmente “auxiliares de camarero” o “auxiliares de sala”?
¿Dónde está el camarero principal al que supuestamente ayudan o auxilian?
¿Y si no lo hay… por qué diablos no cobro como él, ya que hago sus funciones?
¿Desde cuándo un auxiliar administrativo tiene que corregir exámenes en una academia?
¿En qué parte dice que por narices hay que hacer diez cierres al mes en una tienda?
En un pleito muy reciente, recuerdo que al de RRHH le pasó lo siguiente: tuvo un desayuno verbal bastante indigesto. Quería que mi clienta —segunda encargada de tienda—, que pedía una concreción horaria por maternidad, hiciera diez cierres al mes escudándose en el convenio colectivo. Según él, “era obligatorio hacer cierres y aperturas”.
El juez nos obligó a negociar. Y delante de él, ¿sabéis lo que dijo cuando comprobó que el convenio no ponía nada de eso?
“Jefe, leer está sobrevalorado.”
Finalmente, no se acordó ningún cierre y mi clienta pudo conciliar su vida laboral con ser una madre feliz. Pero no siempre es tan fácil, no nos vamos a engañar.
Y aquí entra el segundo concepto, perfectamente ilustrado por la prensa de hoy:
Existe una máxima en Derecho que se llama principio de indemnidad, recogida en el artículo 5 del Estatuto de los Trabajadores (ese libro que a los empresarios no les gusta leer porque tiene más rojo que el logo del PSOE). Dice, literalmente, que no te pueden echar por reclamar tus derechos, y que hacerlo supone un despido nulo de pleno derecho.
Es decir: si reclamas a tu empresa alguna de las dos millones y media de horas extras sin pagar ni cotizar a las que has contribuido —según datos oficiales—, tu jefe podrá llamarte “desleal” en la intimidad, pero no podrá despedirte por ello.
Si organizas una reunión para montar un comité de empresa o para informar a tus compañeros, tampoco.
Y si te quejas de que no hay plan de prevención o de que se vulnera el convenio colectivo, tu jefe podrá ponerte cara aviesa… pero si te echa, te acaba de hacer un regalo.
Hay casos flagrantes, como la Sentencia del Tribunal Supremo 1359/2024, que incluso llega a la prensa. Pero por desgracia es muy común cagarla con estas cosas.
Recuerdo a una trabajadora despedida con un emoji de corte de manga tras reclamar su descanso semanal. Ni carta de despido le dieron. Le tocó el cuponazo cuando llegó la sentencia: el juicio fue un año después y cobró un año entero de salarios de tramitación sin trabajar.
O aquel que, harto de su empresa, la puso en jaque en 24 horas denunciando cada mínima irregularidad (incluida una cámara sin cartel en la zona de descanso). Le pagaron un buen dinero y aún me acuerdo de lo que le dije al abogado contrario en medio de la negociación, con toda la ironía posible:
“Jefe, leer está sobrevalorado.”
En fin. Si alguna vez me preguntáis qué hace falta para ser feliz en el trabajo, recordadlo:
Solo hace falta saber leer.
💼 Si alguna vez te has preguntado qué pasa cuando decides leer lo que firmas, bienvenido a la resistencia.
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